LA CORTE SUPREMA FALLO A FAVOR DE BAYER

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en contra de las alícuotas diferencias que en materia de impuesto a los ingresos brutos imponen los gobiernos de Santa Fe y Chaco,  al aceptar las demandas interpuestas por dos empresas, una de las cuales es el laboratorio Bayer.

El Máximo Tribunal lo hizo en dos casos, resueltos de forma unánime por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.

Los juicios eran de “Bayer S.A. c/ Santa Fe, Provincia de s/ acción declarativa de certeza” y “Harriet y Donnelly S.A. c/Chaco, Provincia del s/acción declarativa de certeza”.

En la primera causa, Bayer reclamó  en contra de la pretensión de Santa Fe de cobrarle el pago de las diferencias ingresos Brutos generadas por aplicación de la alícuota "residual" del 3,5%, prevista en una la ley provincial sobre las actividades de "fabricación de medicamentos de uso humano y productos farmacéuticos" (código de actividad 242310) y de "fabricación de plaguicidas y productos químicos de uso agropecuario".

Bayer había aplicado las alícuotas originales del 1° y 2° respectivamente, pero la provincia sostuvo que debía pagar la del 3.5% al ser los productos elaborados en plantas industriales ubicadas en otra jurisdicción.

La Corte Suprema no encontró “razón suficiente” para que las empresas tributen “de un modo más gravoso” que las empresas radicadas en territorios provinciales.

El caso de Harriett y Donnely es similar. La empresa, dedicada a la elaboración de productos agropecuarios y  adherida al Convenio Multilateral, cuenta con establecimientos en todo el país, algunos en la Provincia del Chaco.