EL PAMI QUIERE PRECIOS DE REFERENCIA Y LICTACIONES PARA MEDICAMENTOS
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El Ministerio de Salud, el PAMI y el IOMA acordaron la compra centralizada de medicamentos. Además, el futuro convenio incluirá precios de referencia en ambulatorios y licitaciones para oncológicos. Mientras tanto acumula una deuda de 2.800 millones con la industria.
Se avecinan cambios sustanciales en el Convenio PAMI que comenzará a ser renegociado en las próximas semanas y , tal como ocurrió entre enero y febrero pasado, se vislumbran tensas e intensas reuniones durante el tórrido verano porteño.
Una de las novedades es que el PAMI quiere precios de referencias para los ambulatorios y licitaciones para los oncológicos y otros medicamentos de alto costo, a menos que las multinacionales acepten negociar previamente el precio de los nuevos fármacos que ingresen al mercado.
Esta política por ahora aparece como lejana porque la ANMAT acaba de autorizar el medicamento Nursirensen del laboratorio Biogen para el tratamiento de la atrofia muscular espinal (AME) certificado por ahora de "uso compasivo" a un costo de 125 mil dólares por unidad, más caro que en Canadá y que en Europa y a un precio similar que en Estados Unidos.
La otra alternativa que estudia PAMI si fallan las licitaciones o los acuerdos de precios, es frenar el drenaje de los medicamentos de alto costo a través de la Agencia Evaluadora de Tecnologías Sanitarias, incluida en el paquete de la Reforma Laboral.
El sistema de precios de referencia para los ambulatorios de PAMI es una propuesta que el ex ministro de Salud, Ginés González García, mencionó durante una audiencia pública en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, oportunidad en que reconoció que las nuevas autoridades del organismo lo escuchaban más que Luciano Di Cesare durante el gobierno anterior.
Los voceros de la industria reconocieron a Pharmabaires que están preocupados por las negociaciones que en realidad recién a partir de diciembre serán “oficiosas”. Por ahora son “charlas de vestuario” donde perciben el panorama que los espera.
Una preocupación mayor comparten por la deuda del PAMI que su titular, Sergio Cassinotti, prometió pagar para esta época, o sea en un corto plazo después de las elecciones. Y no hay señales. A menos que la deuda se convierta en prenda de negociación del nuevo convenio….
En la práctica ya hay un cambio de escenario sustancial: la Resolución 0991 del 10 de octubre del Ministerio de Salud, la SSS, PAMI e IOMA para la compra conjunta de medicamentos e insumos médicos.
Voceros de la SSS habían reconocido hace algunos meses a Pharmabaires que avanzaban en un proyecto para la compra conjunta de medicamentos que incluyera a PAMI, IOMA, las obras sociales sindicales, las provinciales y las empresas de medicina privada. El primer paso ya está dado.
La Resolución 0991 completa es la siguiente:
VISTO la Ley N° 19.032, la Ley N° 25.615, los Decretos PEN N° 02/04, N° 218/17 y N° 292/17, el Expediente N° 0200-2017-0013124-6, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 19.032 crea el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y pensionados (INSSJP), cuyo objetivo central es otorgar a los jubilados y pensionados y a su grupo familiar primario prestaciones integrales, integradas y equitativas tendientes a la promoción, prevención, protección, recuperación y rehabilitación de la salud.
Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 19.032, de conformidad con las modificaciones introducidas por su similar N° 25.615, se asignó al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
(INSSJP) el carácter de persona jurídica de derecho público no estatal, con individualidad financiera y administrativa.
Que el artículo 6° de la Ley 19.032 asignó al Directorio Ejecutivo del organismo la competencia para dictar las normas necesarias para la adecuada administración y funcionamiento del organismo, haciendo expresa mención a la facultad para “... celebrar toda clase de contratos y convenios de reciprocidad o de prestación de servicios con entidades nacionales, provinciales, municipales o privadas”
Que el artículo 3° del Decreto PEN N° 2/04, otorgó al Director Ejecutivo del Órgano Ejecutivo de Gobierno del INSSJP, las facultades de gobierno y administración previstas por la Ley N° 19.032 y sus modificatorias en favor del Directorio Ejecutivo Nacional.
Que tomando en consideración el referido basamento legal, cabe considerar que el Director Ejecutivo tiene plenas facultades para la suscripción de Convenios de cooperación y asistencia con organismos estatales y/o instituciones públicas o privadas. Que en el marco de las políticas públicas perseguidas por el Poder Ejecutivo Nacional, resulta oportuno que las Instituciones Públicas en el ámbito de la Salud exploren la posibilidad de implementar procedimientos de adquisición de productos y/o dispositivos e insumos médicos, con el objeto de adquirir medicamentos de calidad, seguros y eficaces en mejores condiciones de mercado que las que logran en la actualidad. Que mediante la suscripción del presente Convenio Marco se pretende optimizar la gestión de compras públicas sanitarias que cada uno de los organismos lleva a cabo.
Que, en caso de ser necesario, las partes podrán suscribir Convenios Específicos que serán firmados por las respectivas autoridades competentes.
Que el Convenio Marco cuya suscripción se propicia no implica erogación alguna para ninguna de las partes.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención en el marco de su competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente medida.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2º y 3º del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1º de los Decretos PEN N° 218/17 y N° 292/17 , EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el modelo de Convenio Marco de Colaboración a ser suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación, la Superintendencia de Servicios de Salud, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados - INSSJP- y el Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires -IOMA-, que como Anexo forma parte de la presente.
Lic. Sergio D. CASSINOTTI - Director Ejecutivo
ANMAT Y MINISTERIO DE SALUD
Hay cierta preocupación por la posibilidad de que Carlos Chiale se aleje de la conducción de la ANMAT a fin de año por razones de salud, una versión que circula desde hace meses y se acrecienta cada semana.
En su lugar quedaría Roberto Lede, actualmente su eficiente colaborador, pero bajo el paraguas de Chiale. Sin su paraguas abundarán las incógnitas.
En cuando al nuevo ministro de Salud, Adolfo Rubinstein, se lo recuerda en ese ministerio por los “estudios técnicamente sólidos” que presentaba a través Instituto de Efectividad Clínica y Sanitaria (IECS) que es pionero en proponer una agencia evaluadora de medicamentos y tecnologías y que será “de cualquier manera más eficiente que Jorge Lemus para aplicar el ajuste que le pidieron desde arriba”.
Algunos referentes del sector salud empapados de las internas recordaron que Adolfo Rubinstein tiene como padrino político al histórico dirigente radical “Coti” Nosiglia y que llegó al Ministerio de Salud en enero pasado con el auspicio de otro referente del radicalismo, el senador Ernesto Sanz.
Los viceministros Mario Quintana y Gustavo Lopetegui le extendieron la mano para que se ubicara en un despacho del Ministerio de Salud con la promesa de que “en seis meses sería el ministro en reemplazo de Lemus”.
La duda es su posición futuro con la industria farmacéutica. Si bien aparece por ahora como “neutral”, algunos voceros recordaron que el IECS del que fue su fundador y director general hasta febrero, tejió excelentes relaciones con las multinacionales que solían patrocinar sus seminarios.
Casualidad o no, IECS difundió el año pasado un informe crítico del biosimilar Rituximab de Elea (Novex), competidor del original de Roche.