FALLO ADVERSO DESCOLOCA A CADENA DE FARMACIAS

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La Sala IV Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal revocó una medida cautelar en favor de la cadena Farmacity, que suspendió en primera instancia una resolución del Ministerio de Salud de la Nación ordenando la aplicación de la Ley de Farmacias en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

La Ley de Farmacias 17.565 (modificada por la ley 26.567) impide la exhibición de medicamentos de venta libre en las góndolas “al alcance del consumidor” y para impedir su aplicación, la empresa había pedido y conseguido una medida cautelar “de modo de poder mantener los medicamentos de venta libre en las góndolas y escaparates de sus locales”, mientras se resolvía la cuestión de fondo.

La Cámara Nacional consideró que “no se encuentra acreditado” que el acatamiento de la Ley de Farmacias “pone en riesgo la continuidad de la empresa (Farmacity) circunstancia que sólo permite concluir que los perjuicios involucrados exhiben clara naturaleza patrimonial”.

El tribunal de segunda instancia, integrado por los camaristas Marcelo Daniel Duffy, Jorge Eduardo Morán y Rogerio Vincenti, modificó el fallo de primera instancia porque la demandante “no alcanza a demostrar la verosimilitud del derecho que invoca, al menos con el grado de evidencia que se requiere para suspender los efectos de un acto administrativo”.


Los jueces consideraron que analizar “siquiera someramente” si existe “un exceso reglamentario en los actos administativos dictados” por el Ministerio de Salud y eventualmente “el control judicial de la constitucionalidad de la Ley de Medicamentos, importaría adentrarse en la cuestión de fondo con el serio riesgo de emitir opinión anticipada respecto de aquella”.

La demanda de Farmacity se inició cuando intentó conseguir la habilitación para un nuevo local, el 15 de noviembre de 2011, y una inspectora del Ministerio de Salud indicó al Director Técnico presente en la sucursal que “las especialidades medicinales de venta libre debían permanecer detrás del mostrador adecuándose a las normas vigentes”.

Farmacity se presentó ante la justicia argumentando que existían “evidencias” de que el Ministerio de Salud de la Nación “persiste en interpretar en contra de mi demanda” el artículo 1 de la ley 17.565 y su modificatoria 26.567 que prohíbe la exhibición de medicamentos de venta libre” al alcance de los consumidores.